La cláusula del suelo en la hipoteca se ha convertido en uno de los caballos de batalla para multitud de personas en España, que no han visto reflejado en el recibo un beneficio directo por las bajadas del valor del Euribor (que es el tipo de referencia que se aplica en la mayoría de las hipotecas que se firman en España y que desde el mes de Noviembre de 2011 ha descendido de forma continuada hasta registrar mínimos históricos.)
Se trata de una cláusula que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera sean inferiores.
La mayoría de hipotecas que se suscriben en España tienen un tipo de interés que se fija en función de un tipo de referencia, sobre todo se aplica el valor del Euribor, aunque también existen otros como el IRS (Interest Rate Swap) o el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), más un diferencial que varía en función de la entidad.
Se denomina suelo de la hipoteca a aquel que fija un porcentaje mínimo aunque el interés surgido de la suma del Euribor y el diferencial sea inferior.
La inclusión de este tipo de cláusula en la Escritura no es por sí misma contraria a la ley, según está establecido el Banco de España y la Ley Hipotecaria. Sin embargo, sí lo es por su carácter abusivo y si la entidad financiera con la que se suscribe el préstamo no informan de su incorporación al documento que se firma.